Modificar una custodia compartida tras un cambio de ciudad
Cuando uno de los progenitores cambia de ciudad por motivos laborales, personales o familiares, la custodia compartida puede dejar de ser viable tal y como estaba establecida inicialmente. En estos casos es posible solicitar una modificación de medidas para adaptar el régimen de custodia a la nueva situación.
En Roco Abogados intervenimos habitualmente en procedimientos relacionados con cambios de residencia, reorganización de custodias y conflictos derivados de la distancia entre progenitores.
¿Se puede modificar una custodia compartida por cambio de domicilio?
Sí. La ley permite modificar las medidas acordadas en sentencia cuando existe un cambio sustancial de las circunstancias.
Algunos ejemplos frecuentes:
- traslado laboral;
- cambio de provincia;
- nueva pareja;
- imposibilidad de mantener turnos;
- cambio escolar;
- problemas logísticos.
Qué valora el juez en estos procedimientos
Interés superior del menor
El criterio principal siempre será el bienestar del menor y la estabilidad de su entorno familiar, escolar y emocional.
Distancia entre domicilios
Cuando la distancia dificulta los desplazamientos diarios o la organización escolar, muchos regímenes de custodia compartida dejan de ser prácticos.
Capacidad de organización de los progenitores
El juzgado valorará:
- horarios laborales;
- disponibilidad;
- capacidad de coordinación;
- implicación previa;
- estabilidad familiar.
Caso habitual en el despacho
Uno de los casos más frecuentes se produce cuando uno de los padres recibe una oferta laboral en otra ciudad y la custodia semanal deja de poder mantenerse. En estas situaciones negociamos nuevas fórmulas de custodia, vacaciones, visitas y desplazamientos adaptadas a la nueva realidad familiar.
¿Es obligatorio acudir a juicio?
No siempre. En muchos casos es posible alcanzar un acuerdo mediante negociación entre abogados antes de iniciar un procedimiento contencioso.
FAQS
Depende de las circunstancias y de cómo afecte al menor. Cuando el traslado altera la custodia o el régimen de visitas, normalmente debe revisarse judicialmente.
Será necesario acudir a un procedimiento de modificación de medidas para que el juez decida qué sistema resulta más adecuado.
Depende del juzgado y de si existe acuerdo entre las partes.
Analizamos tu situación y te explicamos las opciones legales disponibles según el cambio de circunstancias producido.
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